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El principio non bis in idem tiene dos posibles fundamentaciones que conducen, o pueden conducir a resultados diferentes. Tales fundamentaciones son el principio de culpabilidad y el principio de seguridad jurídica. El primero, esto es, el principio de culpabilidad,impide que pueda imponerse por el mismo hecho al mismo sujeto una sanción que exceda del límite proporcional a la culpabilidad. El principio de seguridad jurídica considera que no es admisibleen un Estado de Derecho la amenaza permanente de diferentes sanciones(simultáneas o sucesivas en el tiempo) por el mismo hecho al mismo sujeto, pues, además, tal posibilidad entraña someter al ciudadano a un trato inhumano